Preguntas Frecuentes

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1. ¿Quiénes pueden acceder a un empleo público?

Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La Administración les debe seleccionar garantizando la publicidad de las convocatorias, la transparencia del proceso y la imparcialidad de los órganos de selección.

Respetando estos principios, la selección puede ser mediante:

– Oposición.
– Concurso-oposición.

2. ¿Es lo mismo una oposición que un concurso oposición?

La selección mediante oposición consiste en la celebración de unos exámenes para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer un orden de preferencia en función de la puntuación obtenida.

En el concurso-oposición se valoran, además, otros méritos como la experiencia, la formación o los títulos académicos de quienes previamente han aprobado los exámenes.

3. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a un empleo público?

Para poder participar en un proceso selectivo que permita acceder a un empleo público, es necesario reunir una serie de requisitos, destacando, el de tener la nacionalidad española.

También es necesario poseer la titulación exigida y contar con la capacidad funcional para el desempeño de las tareas requeridas.

Además, es imprescindible tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación, salvo en los casos que la ley establezca otra edad máxima.

Todos los anteriores son los requisitos básicos, aunque podrá exigirse el cumplimiento de otros más específicos relacionados con las tareas que tengan que desempeñar los futuros funcionarios o el conocimiento de la lengua cooficial que corresponda en el caso de las comunidades autónomas donde exista lengua cooficial.

4. ¿Puede un ciudadano extranjero ser funcionario?

Pueden acceder como funcionarios, entre otros, los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, con la excepción de los puestos que tengan como función la salvaguardia de los intereses del Estado, como, por ejemplo, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

Los extranjeros con residencia legal en España pueden acceder como personal laboral, pero no como funcionarios.

5. ¿Cuántos tipos de empleados públicos existen?

Los empleados públicos se clasifican en funcionarios, personal laboral, personal estatutario y eventual.

6. ¿Qué tipos de funcionarios existen?

Los funcionarios pueden ser de carrera o interinos.

Los funcionarios de carrera realizan funciones con carácter permanente. Están vinculados a la Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de unos servicios profesionales.

Estos funcionarios se distribuyen por una parte en Cuerpos Generales, desempeñando tareas comunes a la actividad administrativa y, por otra, en Cuerpos Especiales, realizando funciones propias de una determinada carrera o profesión.

Los funcionarios interinos son nombrados para sustituir de forma temporal a los de carrera por un plazo máximo de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Se les contrata cuando por razones justificadas de necesidad y urgencia existe un exceso o acumulación de tareas y no es posible cubrir los puestos por funcionarios de carrera.

7. ¿A quién se considera personal laboral? 

Tiene la condición de personal laboral quienes han firmado un contrato de trabajo con la Administración, prestando sus servicios sujetos a normas de Derecho Laboral.

En función de la duración de su contrato, puede ser personal laboral permanente, con contrato de trabajo de carácter indefinido o, personal laboral temporal, con un contrato de trabajo de duración determinada por obra o servicio.

8. ¿Quiénes son personal estatutario? 

Son personal estatutario son quienes trabajan en los servicios de salud.

Existe personal estatutario fijo, estando formado por quienes han superado un proceso selectivo, obteniendo así un nombramiento para desempeñar unas funciones con carácter permanente.

Por otra parte, está el personal estatutario temporal que es nombrado por los servicios de salud en caso de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario.

9. ¿Quiénes son personal eventual? 

El personal eventual en la Administración realiza funciones expresamente calificadas de confianza o de asesoramiento especial.

Su carácter es no permanente, lo que quiere decir que su nombramiento o cese son libres.

En el caso del cese, además, puede tener lugar cuando también se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.

La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna dentro de la Administración.

10. ¿Puede una persona discapacitada ser empleada pública?

El Estatuto Básico del Empleado Público indica que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 5% de las vacantes cubiertas entre personas con discapacidad.

Cada Administración adoptará las medidas precisas para establecer los ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo. Una vez superado dicho proceso, cada Administración deberá implantar las adaptaciones en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad.

11. ¿Qué son los grupos de clasificación?

Los funcionarios pueden pertenecer a diferentes grupos de clasificación en función de la titulación requerida para su ingreso en cada Cuerpo o Escala de la Administración.

El Grupo A, que se divide a su vez en los subgrupos A1 y A2. Para acceder al A1 es necesario estar en posesión de un título universitario de Grado. Para el subgrupo A2 se exige tener el título de Técnico Superior.

El Grupo C, también se subdivide en subgrupo C1 y C2. Para el C1 se requiere el título de Bachiller o Técnico. En el caso del subgrupo C2 se necesita el título Graduado en ESO.

Por último están las Agrupaciones Profesionales, para cuyo acceso no se exige estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

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